Capítulo 70
Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a) los artículos de la partida 32.07 (por ejemplo: composiciones vitrificables, frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas);
b) los artículos del Capítulo 71 (por ejemplo, bisutería);
c) los cables de fibras ópticas de la partida 85.44, los aisladores eléctricos (partida 85.46) y las piezas aislantes de la partida 85.47;
d) las fibras ópticas, elementos de óptica trabajados ópticamente, jeringas, ojos artificiales, así como termómetros, barómetros, areómetros, densímetros y demás artículos e instrumentos del Capítulo 90;
e) los aparatos de alumbrado, los anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, así como sus partes, de la partida 94.05;
f) los juegos, juguetes y accesorios para árboles de Navidad, así como los demás artículos del Capítulo 95, excepto los ojos sin mecanismo para muñecas o demás artículos del Capítulo 95;
g) los botones, pulverizadores, termos y demás artículos del Capítulo 96.
2. En las partidas 70.03, 70.04 y 70.05:
a) el vidrio elaborado antes del recocido no se considera trabajado;
b) el corte en cualquier forma no afecta la clasificación del vidrio en placas u hojas;
c) se entiende por capa absorbente, reflectante o antirreflectante, la capa metálica o de compuestos químicos (por ejemplo, óxidos metálicos), de espesor microscópico que absorbe, en particular, los rayos infrarrojos o mejora las cualidades reflectantes del vidrio sin impedir su transparencia o translucidez o que impide que la superficie del vidrio refleje la luz.
3. Los productos de la partida 70.06 permanecen clasificados en dicha partida, aunque tengan ya el carácter de manufacturas.
4. En la partida 70.19, se entiende por lana de vidrio:
a) la lana mineral con un contenido de sílice (SiO2) superior o igual al 60 % en peso;
b) la lana mineral con un contenido de sílice (SiO2) inferior al 60 % en peso, pero con un contenido de óxidos alcalinos (K2O o Na2O) superior al 5 % en peso o con un contenido de anhídrido bórico (B2O3) superior al 2 % en peso.
Las lanas minerales que no cumplan estas condiciones se clasifican en la partida 68.06.
5. En la Nomenclatura, el cuarzo y demás sílices, fundidos, se consideran vidrio.
1. En las subpartidas 7013.22, 7013.33, 7013.41 y 7013.91, la expresión cristal al plomo solo comprende el vidrio con un contenido de monóxido de plomo (PbO) superior o igual al 24 % en peso.
70.2 Vidrio en bolas (excepto las microesferas de la partida 70.18), barras, varillas o tubos, sin trabajar.
7002.10.00 - Bolas
7002.20.00 - Barras o varillas
- Tubos:
7002.31.00 -- De cuarzo o demás sílices fundidos
7002.32.00 -- De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin, entre 0°C y 300°C
7002.39.00 -- Los demás
- Placas y hojas, sin armar:
7003.12 -- Coloreadas en la masa, opacificadas, chapadas o con capa absorbente, reflectante o antirreflectante
7003.12.1 Lisas:
7003.12.11 Con espesor inferior o igual a 10 mm
7003.12.12 Con espesor superior a 10 mm 7003.12.90 Las demás
7003.19 -- Las demás
7003.19.1 Lisas:
7003.19.11 Con espesor inferior o igual a 10 mm
7003.19.12 Con espesor superior a 10 mm 7003.19.90 Las demás
7003.20.00 - Placas y hojas, armadas 7003.30.00 - Perfiles
7004.20 - Vidrio coloreado en la masa, opacificado, chapado o con capa absorbente, reflectante o antirreflectante
7004.20.10 Con espesor inferior o igual a 10 mm 7004.20.20 Con espesor superior a 10 mm
7004.90 - Los demás vidrios
7004.90.10 Con espesor inferior o igual a 10 mm 7004.90.20 Con espesor superior a 10 mm
7005.10 - Vidrio sin armar con capa absorbente, reflectante o antirreflectante 7005.10.10 Con espesor inferior o igual a 10 mm
7005.10.20 Con espesor superior a 10 mm
- Los demás vidrios sin armar:
7005.21 -- Coloreados en la masa, opacificados, chapados o simplemente desbastados
7005.21.10 Con espesor inferior o igual a 10 mm
7005.21.20 Con espesor superior a 10 mm
7005.29 -- Los demás
7005.29.10 Con espesor inferior o igual a 10 mm
7005.29.20 Con espesor superior a 10 mm 7005.30.00 - Vidrio armado
70.07 Vidrio de seguridad constituido por vidrio templado o contrachapado.
- Vidrio templado:
7007.11 -- De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos
7007.11.10 Curvo
7007.11.90 Los demás
7007.19 -- Los demás 7007.19.10 Curvo
7007.19.90 Los demás
- Vidrio contrachapado:
7007.21 -- De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos
7007.21.10 Curvo
7007.21.90 Los demás
7007.29 -- Los demás 7007.29.10 Curvo
7007.29.90 Los demás
70.9 Espejos de vidrio, enmarcados o no, incluidos los espejos retrovisores.
7009.10.00 - Espejos retrovisores para vehículos
- Los demás: 7009.91.00 -- Sin enmarcar 7009.92.00 -- Enmarcados
7010.10.00 - Ampollas
7010.20.00 - Tapones, tapas y demás dispositivos de cierre 7010.90 - Los demás
7010.90.1 De capacidad superior a 1 l: 7010.90.11 Bombonas (damajuanas) y botellas
7010.90.19 Los demás
7010.90.2 De capacidad superior a 0,33 l pero inferior o igual a 1 l: 7010.90.21 Botellas
7010.90.29 Los demás
7010.90.30 De capacidad superior a 0,15 l pero inferior o igual a 0,33 l 7010.90.40 De capacidad inferior o igual a 0,15 l
7011.10 - Para alumbrado eléctrico
7011.10.10 Para lámparas o tubos de descarga, incluidos los de luz relámpago 7011.10.20 Para lámparas de incandescencia
7011.10.90 Los demás 7011.20.00 - Para tubos catódicos 7011.90.00 - Las demás
7013.10.00 - Artículos de vitrocerámica
- Recipientes con pie para beber, excepto los de vitrocerámica: 7013.22.00 -- De cristal al plomo
7013.28.00 -- Los demás
- Los demás recipientes para beber, excepto los de vitrocerámica:
7013.33.00 |
-- |
De cristal al plomo |
7013.37.00 |
-- |
Los demás |
- Artículos para servicio de mesa (excluidos los recipientes para beber) o cocina, excepto los de vitrocerámica:
7013.41.00 -- De cristal al plomo
7013.42.00 |
-- |
De vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10-6 por Kelvin, |
7013.49.00 |
-- |
entre 0 °C y 300 °C
Los demás |
- Los demás artículos: 7013.91.00 -- De cristal al plomo 7013.99.00 -- Los demás
70.15 Cristales para relojes y cristales análogos, cristales para gafas (anteojos), incluso correctores, abombados, curvados, ahuecados o similares, sin trabajar ópticamente; esferas huecas y sus segmentos (casquetes esféricos), de vidrio, para la fabricación de estos cristales.
7015.10.00 - Cristales correctores para gafas (anteojos) 7015.90.00 - Los demás
7016.10.00 - Cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares
7016.90.00 - Los demás
7017.10.00 - De cuarzo o demás sílices fundidos
7017.20.00 - De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin, entre 0° C y 300° C
7017.90.00 - Los demás
7018.10.00 - Cuentas de vidrio, imitaciones de perlas, de piedras preciosas o semipreciosas y artículos similares de abalorio
7018.20.00 - Microesferas de vidrio con un diámetro inferior o igual a 1 mm
7018.90.00 - Los demás
- Mechas, «rovings» e hilados, aunque estén cortados:
7019.11.00 -- Hilados cortados («chopped strands»), de longitud inferior o igual a 50 mm 7019.12.00 -- «Rovings»
7019.19.00 -- Los demás
- Velos, napas, «mats», colchones, paneles y productos similares sin tejer:
7019.31.00 |
-- |
«Mats» |
7019.32.00 |
-- |
Velos |
7019.39.00 |
-- |
Los demás |
7019.40.00 - Tejidos de «rovings»
- Los demás tejidos:
7019.51.00 |
-- |
De anchura inferior o igual a 30 cm |
7019.52.00 |
-- |
De anchura superior a 30 cm, de ligamento tafetán, con peso inferior a 250 g/m², de filamentos de título inferior o igual a 136 tex por hilo sencillo |
7019.59.00 |
-- |
Los demás |
7019.90.00 - Las demás
7020.00.10 Ampollas de vidrio para termos o demás recipientes isotérmicos aislados por vacío
7020.00.90 Las demás