Capítulo 27

 

Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales

 

Notas.

 

1.              Este Capítulo no comprende:

 

a)              los productos orgánicos de constitución química definida presentados aisladamente; esta exclusión no afecta al metano ni al propano puros, que se clasifican en la partida 27.11;

 

b)             los medicamentos de las partidas 30.03 ó 30.04;

 

c)              las mezclas de hidrocarburos no saturados, de las partidas 33.01, 33.02 ó 38.05.

 

2.              La expresión aceites de petróleo o de mineral bituminoso, empleada en el texto de la partida 27.10, se aplica, no solo a los aceites de petróleo o de mineral bituminoso, sino también a los aceites análogos, así como a los constituidos principalmente por mezclas de hidrocarburos no saturados en las que los constituyentes no aromáticos predominen en peso sobre los aromáticos, cualquiera que sea el procedimiento de obtención.

 

Sin embargo, dicha expresión no se aplica a las poliolefinas sintéticas líquidas que destilen una proporción inferior al 60 % en volumen a 300 ° C referidos a 1.013 milibares cuando se utilice un método de destilación a baja presión (Capítulo 39).

 

3.              En la partida 27.10, se entiende por desechos de aceites los desechos que contengan principalmente aceites de petróleo o de mineral bituminoso (tal como se definen en la Nota 2 de este Capítulo), incluso mezclados con agua. Estos desechos incluyen, principalmente:

 

a)              los aceites impropios para su utilización inicial (por ejemplo: aceites lubricantes, hidráulicos o para transformadores, usados);

 

b)             los lodos de aceites procedentes de los depósitos de almacenamiento de aceites de petróleo que contengan principalmente aceites de este tipo y una alta concentración de aditivos (por ejemplo, productos químicos) utilizados en la elaboración de productos primarios;

 

c)              los aceites que se presenten en emulsión acuosa o mezclados con agua, tales como los resultantes del derrame o lavado de depósitos de almacenamiento, o del uso de aceites de corte en las operaciones de mecanizado.

 

 

Notas de subpartida.

 

1.              En la subpartida 2701.11, se considera antracita, la hulla con un contenido límite de materias volátiles inferior o igual al 14 %, calculado sobre producto seco sin materias minerales.

 

2.              En la subpartida 2701.12, se considera hulla bituminosa, la hulla con un contenido límite de materias volátiles superior al 14 %, calculado sobre producto seco sin materias minerales, y cuyo valor calorífico límite sea superior o igual a 5.833 kcal/ kg, calculado sobre producto húmedo sin materias minerales.

 

3.              En las subpartidas 2707.10, 2707.20, 2707.30 y 2707.40, se consideran benzol (benceno), toluol (tolueno), xilol (xilenos) y naftaleno los productos con un contenido de benceno, tolueno, xilenos o naftaleno, superior al 50 % en peso, respectivamente.

 

4.              En la subpartida 2710.12, se entiende por aceites livianos (ligeros)* y preparaciones, los aceites y las preparaciones que destilen, incluidas las pérdidas, una proporción superior o igual al 90 % en volumen a 210ºC, según el método ISO 3405 (equivalente al método ASTM D 86).


5.              En las subpartidas de la partida 27.10, el término biodiésel designa a los ésteres monoalquílicos de ácidos grasos de los tipos utilizados como carburantes o combustibles, derivados de grasas y aceites animales o vegetales, incluso usados.

 

Notas complementarias.

 

1.              En los ítems de la subpartida 2710.19 y en las Notas complementarias siguientes se entiende por:

 

a)              aceites, los aceites de petróleo o de minerales bituminosos, mencionados en el texto de la partida 27.10 y definidos por la Nota 2 de este Capítulo;

 

b)             preparaciones, las preparaciones mencionadas en el texto de la partida 27.10, no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de minerales bituminosos, superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base;

 

c)              método ASTM, los métodos empleados por la American Society for Testing and Materials, publicados en la edición de 1976 sobre definiciones y especificaciones estándar para los productos petrolíferos y los lubricantes;

 

d)             método Abel-Pensky, el método DIN 51755 - Marzo 1974 (Deutsche Industrienorm) publicado por el Deutsche Normenausschuss (DNA), Berlín 15.

 

2.              En los ítems de la subpartida 2710.19 y en la Nota complementaria siguiente se entiende por:

 

a)              aceites medianos (medios), los aceites que destilen en volumen, incluidas las pérdidas, una proporción inferior al 90 % a 210 ºC y una proporción superior o igual al 65 % a 250 ºC, según el método ASTM D 86;

 

b)             preparaciones medianas (medias), las preparaciones que cumplen las condiciones previstas para los aceites medianos (medios);

 

c)              aceites pesados, los aceites que destilen en volumen, incluidas las pérdidas, una proporción nferior al 65 % a 250 ºC, según el método ASTM D 86, o en los cuales el porcentaje de destilación a 250 ºC no pueda ser determinado por este método;

 

d)             preparaciones pesadas, las preparaciones que cumplen las condiciones previstas para los aceites pesados.

 

3.              En los ítem de la subpartida 2710.19 se entiende por:

 

a)              carburantes tipo queroseno (querosén) para reactores o para turbinas y demás querosenos (querosenes), los aceites medianos (medios) cuyo punto de inflamación es superior a 21 ºC, según el método Abel-Pensky, de los tipos utilizados ya sea como carburantes en los motores de turbina o de reacción, o bien en otros usos (por ejemplo: combustible para calefacción o alumbrado, para limpieza industrial), según el caso;

 

b)             gasóleo («gasoil»), los aceites pesados que destilen en volumen, incluidas las pérdidas, una proporción superior o igual al 85 % a 350 ºC, según el método ASTM D 86; estos productos se emplean principalmente como carburante en los motores Diesel o como combustible para calefacción;

 

c)              fuel («fueloil»), los aceites pesados, con exclusión del gasóleo («gasoil»), comúnmente utilizados como combustibles;

 

d)             aceites lubricantes y preparaciones tipo aceite lubricante, los aceites pesados y las preparaciones pesadas tipo aceite, utilizados como lubricantes;

 

e)              grasas lubricantes, los aceites pesados de consistencia tipo grasa y las preparaciones pesadas de consistencia tipo grasa, utilizados como lubricantes.


 

27.1                              Hullas; briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla.

 

- Hullas, incluso pulverizadas, pero sin aglomerar:

2701.11.00                    --       Antracitas

2701.12.00    --       Hulla bituminosa

2701.19.00   --                    Las demás hullas

2701.20.00    -    Briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla

 

 

27.2                             Lignitos, incluso aglomerados, excepto el azabache.

 

2702.10.00    -    Lignitos, incluso pulverizados, pero sin aglomerar

2702.20.00                    -    Lignitos aglomerados

 

27.3                              Turba (comprendida la utilizada para cama de animales), incluso aglomerada.

 

2703.00.10        Turba, incluso comprimida en balas, excepto la aglomerada

 

2703.00.20                        Turba aglomerada

 

 

27.4                              Coques y semicoques de hulla, lignito o turba, incluso aglomerados; carbón de retorta.

 

2704.00.10        Coques y semicoques de hulla

 

2704.00.90                        Los demás

 

 

27.5                              Gas de hulla, gas de agua, gas pobre y gases similares, excepto el gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos.

 

2705.00.10        Gas de hulla (gas de alumbrado)

 

2705.00.90                        Los demás

 

 

27.6                              Alquitranes de hulla, lignito o turba y demás alquitranes minerales, aunque estén deshidratados o descabezados, incluidos los alquitranes reconstituidos.

 

2706.00.10        Alquitranes de hulla

 

2706.00.90                        Los demás

 

 

27.7                              Aceites y demás productos de la destilación de los alquitranes de hulla de alta temperatura; productos análogos en los que los constituyentes aromáticos predominen en peso sobre los no aromáticos.

 

2707.10.00    -    Benzol (benceno)

2707.20.00                    -    Toluol (tolueno)

2707.30.00                    -    Xilol (xilenos)

2707.40.00 -                    Naftaleno


2707.50 - Las  demás  mezclas  de  hidrocarburos  aromáticos  que  destilen,  incluidas  las  pérdidas, una proporción superior o igual al 65 % en volumen a 250 °C, según el método ISO 3405 (equivalente al método ASTM D 86)

2707.50.10             Nafta disolvente

 

2707.50.90             Las demás

 

-  Los demás:

 

2707.91.00    --       Aceites de creosota

2707.99.00                    --       Los demás

 

27.8                              Brea y coque de brea de alquitrán de hulla o de otros alquitranes minerales.

 

2708.10.00    -    Brea

 

2708.20.00    -    Coque de brea

 

 

2709.00.00    Aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso.

 

 

27.10                           Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites.

 

-     Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, excepto las que contengan biodiésel y los desechos de aceites:

 

2710.12

--

Aceites livianos (ligeros)* y preparaciones

2710.12.10

 

Éteres de petróleo (nafta solvente, bencina de extracción)

2710.12.20

 

Gasolinas para motores de émbolo (pistón), de aviación

2710.12.30

 

Carburante tipo gasolina, para reactores o para turbinas

2710.12.40

 

Demás gasolinas para motores de émbolo (pistón)

2710.12.50

 

Aguarrás mineral («white spirit»)

2710.12.90

 

Los demás

2710.19

--

Los demás

2710.19.1

 

Aceites y preparaciones, medianos (medios):

2710.19.11

 

Carburantes tipo queroseno (querosén) para reactores o para turbinas

2710.19.12

 

Los demás querosenos (querosenes)

2710.19.19

 

Los demás

2710.19.20

 

Gasóleo («gasoil»)

2710.19.30

 

Fuel («fueloil»)

2710.19.4

 

Aceites lubricantes y preparaciones tipo aceite lubricante:

2710.19.41

 

Blancos (de vaselina o de parafina)

2710.19.49

 

Los demás

2710.19.50

 

Grasas lubricantes

2710.19.9

 

Los demás:

2710.19.91

 

Aceites para transformadores y disyuntores

2710.19.92

 

Líquidos para transmisiones hidráulicas (frenos hidráulicos, etc.)

2710.19.99

 

Los demás


2710.20.00 - Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, que contengan biodiésel, excepto los desechos de aceites

 

- Desechos de aceites:

 

2710.91.00    --       Que  contengan  bifenilos  policlorados  (PCB),  terfenilos  policlorados (PCT) o bifenilos polibromados (PBB)

 

2710.99.00    --       Los demás

 

 

27.11                           Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos.

 

-     Licuados:

2711.11.00        --                    Gas natural

2711.12.00        --                    Propano

2711.13.00    --       Butanos

2711.14.00    --       Etileno, propileno, butileno y butadieno

2711.19                    --       Los demás

 

2711.19.10                  Metano

 

2711.19.90                  Los demás

 

-     En estado gaseoso:

 

2711.21.00

--

Gas natural

2711.29.00

--

Los demás

 

 

27.12                           Vaselina; parafina, cera de petróleo microcristalina, «slack wax», ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados.

 

2712.10         -   Vaselina

 

2712.10.10             En bruto («petrolatum»)

 

2712.10.20             Decolorada o purificada

 

2712.10.30                             Artificial (obtenida por síntesis)

2712.20.00    -    Parafina con un contenido de aceite inferior al 0,75 % en peso

2712.90   -    Los demás

 

2712.90.10             Cera de petróleo microcristalina

 

2712.90.20                             Ozoquerita y ceresina

 

2712.90.90        Los demás, incluidas las mezclas

 

 

27.13                           Coque de petróleo, betún de petróleo y demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso.

 

-     Coque de petróleo:

2713.11.00                    -- Sin calcinar


2713.12.00

--

Calcinado

2713.20.00

-

Betún de petróleo

 

2713.90.00    -    Los demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso

 

 

27.14                           Betunes y asfaltos naturales; pizarras y arenas bituminosas; asfaltitas y rocas asfálticas.

 

2714.10.00    -    Pizarras y arenas bituminosas

2714.90.00                    -    Los demás

 

27.15                           Mezclas bituminosas a base de asfalto o de betún naturales, de betún de petróleo, de alquitrán mineral o de brea de alquitrán mineral (por ejemplo: mástiques bituminosos, «cut backs»).

 

2715.00.10        Mástiques bituminosos

2715.00.20        Betunes fluidificados («cut-backs»)

2715.00.90                        Los demás

 

 

2716.00.00    Energía eléctrica (partida discrecional).