Capítulo 19

 

Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería

 

Notas.

 

1.              Este Capítulo no comprende:

 

a)              las preparaciones alimenticias que contengan una proporción superior al 20 % en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una mezcla de estos productos (Capítulo 16), excepto los productos rellenos de la partida 19.02;

 

b)             los productos a base de harina, almidón o fécula (galletas, etc.) especialmente preparados para la alimentación de los animales (partida 23.09);

 

c)              los medicamentos y demás productos del Capítulo 30.

 

2.              En la partida 19.01, se entiende por:

 

a)              grañones, los grañones de cereales del Capítulo 11;

 

b)             harina y sémola:

 

1)             la harina y sémola de cereales del Capítulo 11;

 

2)             la harina, sémola y polvo, de origen vegetal, de cualquier Capítulo, excepto la harina, sémola y polvo de hortalizas secas (partida 07.12), de patata (papa)* (partida 11.05) o de hortalizas de vaina secas (partida 11.06).

 

3.              La partida 19.04 no comprende las preparaciones con un contenido de cacao superior al 6 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, ni las recubiertas totalmente de chocolate o demás preparaciones alimenticias que contengan cacao de la partida 18.06 (partida 18.06).

 

4.              En la partida 19.04, la expresión preparados de otro modo significa que los cereales se han sometido a un tratamiento o a una preparación más avanzados que los previstos en las partidas o en las Notas de los Capítulos 10 u 11.

 


 

 

19.1                              Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte.

 

1901.10         -               Preparaciones   para   la   alimentación   de   lactantes   o   niños   de  corta  edad, acondicionadas para la venta al por menor

 

1901.10.10              Leche modificada

 

1901.10.90              Las demás

 

1901.20.00    -    Mezclas  y  pastas  para  la  preparación  de  productos  de  panadería,  pastelería  o galletería, de la partida 19.05


1901.90         -   Los demás

 

1901.90.10                                    Extracto de malta

 

1901.90.40             Dulce de leche

 

1901.90.90             Los demás

 

 

19.2                              Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.

 

- Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma:

1902.11.00                    --        Que contengan huevo

1902.19.00    --        Las demás

 

1902.20.00    -    Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma

1902.30.00    -    Las demás pastas alimenticias

1902.40.00    -    Cuscús

 

 

1903.00.00 Tapioca y sus sucedáneos preparados con fécula, en copos, grumos, granos perlados, cerniduras o formas similares.

 

 

19.4                              Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte.

 

1904.10.00    -    Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado

 

1904.20.00    -    Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de cereales tostados o cereales inflados

 

1904.30.00    -   Trigo bulgur

1904.90.00   -                    Los demás

 

19.5                              Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares.

 

1905.10.00    -    Pan crujiente llamado «Knäckebrot»

1905.20.00                    -    Pan de especias

- Galletas dulces (con adición de edulcorante); barquillos y obleas, incluso rellenosgaufrettes», «wafers») y «waffles» («gaufres»)*:

 

1905.31.00

--

Galletas dulces (con adición de edulcorante)

1905.32.00

--

Barquillos y obleas, incluso rellenosgaufrettes», «wafers») y «waffles» («gaufres»)*

 

1905.40.00    -   Pan tostado y productos similares tostados


1905.90        -    Los demás

 

1905.90.10             Pan, galletas de mar y demás productos de panadería, sin adición de azúcar, miel, huevos, materias grasas, queso o frutos

 

1905.90.9               Los demás:

 

1905.90.91                 Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de  cacao

 

1905.90.99                 Los demás