Capítulo 8
Notas.
1. Este Capítulo no comprende los frutos no comestibles.
2.
Las frutas y otros frutos refrigerados se clasifican en las
mismas partidas
que las frutas
y frutos frescos
correspondientes.
3.
Las frutas y otros frutos secos de este
Capítulo pueden estar parcialmente rehidratados o tratados para los fines siguientes:
a)
mejorar su conservación o estabilidad (por ejemplo: mediante tratamiento
térmico moderado, sulfurado, adición de ácido sórbico o de sorbato de potasio);
b)
mejorar
o mantener su aspecto (por ejemplo: por adición de aceite vegetal o pequeñas cantidades de jarabe de glucosa), siempre que conserven el carácter de frutas o frutos secos.
|
- Cocos:
0801.11.00 |
-- |
Secos |
0801.12.00 |
-- |
Con la cáscara interna (endocarpio) |
0801.19.00 |
-- |
Los demás |
- Nueces del Brasil: |
||
0801.21.00 |
-- |
Con cáscara |
0801.22.00 |
-- |
Sin cáscara |
- Nueces
de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»)*:
0801.31.00 |
-- |
Con cáscara |
0801.32.00 |
-- |
Sin cáscara |
- Almendras:
0802.11.00 |
-- |
Con cáscara |
0802.12.00 |
-- |
Sin cáscara |
- Avellanas (Corylus spp.):
0802.21.00 |
-- |
Con cáscara |
0802.22.00 |
-- |
Sin cáscara |
- Nueces de nogal: |
||
0802.31.00 |
-- |
Con cáscara |
0802.32.00 |
-- |
Sin cáscara |
- Castañas (Castanea spp.):
0802.41.00 |
-- |
Con cáscara |
0802.42.00 |
-- |
Sin cáscara |
- Pistachos: |
||
0802.51.00 |
-- |
Con cáscara |
0802.52.00 |
-- |
Sin cáscara |
-
Nueces de macadamia:
0802.61.00
-- Con cáscara
0802.62.00 --
Sin cáscara
0802.70.00
- Nueces de
cola (Cola spp.)
0802.80.00
- Nueces de areca
0802.90.00
-
Los demás
0803.10.00
- Plátanos «plantains»
0803.90.00 -
Los
demás
0804.10.00
- Dátiles
0804.20
- Higos
0804.20.10
Frescos
0804.20.20
Secos
0804.30.00
- Piñas (ananás)
0804.40.00
-
Aguacates (paltas)*
0804.50
- Guayabas, mangos
y mangostanes
0804.50.10
Guayabas
0804.50.20
Mangos y mangostanes
0805.10.00
- Naranjas
- Mandarinas
(incluidas las tangerinas y satsumas); clementinas, «wilkings» e híbridos similares de agrios (cítricos):
0805.21.00
-- Mandarinas (incluidas las tangerinas y satsumas)
0805.22.00
--
Clementinas
0805.29.00
--
Los demás
0805.40.00
-
Toronjas o pomelos
0805.50 - Limones (Citrus limon, Citrus limonum)
y limas (Citrus
aurantifolia,
Citrus latifolia)
0805.50.10
Limones (Citrus limon, Citrus
limonum)
0805.50.20
Limas (Citrus aurantifolia, Citrus latifolia)
0805.90.00
- Los demás
0806.10.00
- Frescas
0806.20.00
- Secas, incluidas las pasas
-
Melones y sandías:
0807.11.00
-- Sandías
0807.19.00
--
Los demás
0807.20.00 -
Papayas
0808.10.00
- Manzanas
0808.30.00
- Peras
0808.40.00
- Membrillos
0809.10.00
- Albaricoques (damascos, chabacanos)*
- Cerezas:
0809.21.00
--
Guindas (cerezas ácidas) (Prunus cerasus)
0809.29.00
--
Las demás
0809.30
- Melocotones (duraznos)*, incluidos los griñones y nectarinas
0809.30.10
Duraznos (melocotones)*, excepto los griñones y nectarinas
0809.30.20
Griñones y nectarinas
0809.40.00
- Ciruelas y endrinas
0810.10.00
- Fresas (frutillas)*
0810.20.00
- Frambuesas, zarzamoras, moras y moras-frambuesa
0810.30.00 -
Grosellas negras, blancas o rojas y grosellas espinosas
0810.40.00 -
Arándanos rojos, mirtilos y demás frutos del género Vaccinium
0810.50.00
-
Kiwis
0810.60.00
- Duriones
0810.70.00
- Caquis (persimonios)*
0810.90.00
- Los demás
0811.10.00
- Fresas (frutillas)*
0811.20.00
- Frambuesas, zarzamoras, moras, moras-frambuesa y grosellas
0811.90.00
- Los demás
0812.10
- Cerezas
0812.10.10
Guindas (cerezas ácidas)
(Prunus cerasus)
0812.10.90
Las
demás
0812.90
- Los demás
0812.90.10
Frutillas (fresas)*
0812.90.90
Los
demás
0813.10
- Albaricoques (damascos, chabacanos)*
0813.10.10
Con hueso (con carozo)
0813.10.20
Sin hueso
0813.20
- Ciruelas
0813.20.10
Con hueso (con carozo)
0813.20.20
Sin hueso
0813.30.00
- Manzanas
0813.40
- Las demás frutas u otros frutos
0813.40.40
Peras
0813.40.50
Tamarindos
0813.40.60
Mosqueta
0813.40.90
Los
demás
0813.50.00
- Mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo